Política de privacidad
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los requisitos financieros, fiscales, legales o de cumplimiento aplicables.
Durante
la ejecución del programa, no se recopila ningún dato personal de su
ordenador.
Cuando entra al programa, se comprueba que su versión tiene la licencia
activa, es una comprobación desde la Web del programa hacia su ordenador, pero no
hay salida de datos desde su ordenador a la Web del programa. Se comprueba
que la clave de su ordenador está activa en la Web del programa, si no encuentra
esa clave, simplemente deja de funcionar. No recopila ningún dato más de su
ordenador.
Magis Software
se compromete a cumplir la
Ley de Protección de Datos
actual.
Ley
de protección de datos
La
Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos
Digitales ha
sido aprobada con un 93% de apoyo parlamentario. La nueva
normativa, que adapta el derecho español al modelo establecido por el Reglamento
General de Protección de Datos (RGPD), introduce novedades mediante el
desarrollo de materias contenidas en el mismo.
La Ley facilita que los ciudadanos puedan ejercitar sus derechos al exigir, en
particular, que los medios para hacerlo sean fácilmente accesibles. Además, se
regula el modo en que debe informarse a las personas acerca del tratamiento de
sus datos optándose, específicamente en el ámbito de Internet, por un
sistema de información por capas que permita al ciudadano conocer de forma clara
y sencilla los aspectos más importantes del tratamiento, pudiendo acceder a los
restantes a través de un enlace directo.
Otro de los aspectos novedosos incluidos en la nueva normativa es que se
reconoce específicamente el derecho de acceso y, en su caso, de rectificación o
supresión por parte de quienes tuvieran vinculación con personas fallecidas por
razones familiares o de hecho y a sus herederos. La medida limita el ejercicio
de estos derechos cuando el fallecido lo hubiera prohibido.
En cuanto a los menores, la Ley fija en 14 años la edad a partir de la
cual se puede prestar consentimiento de manera autónoma. También se regula
expresamente el derecho a solicitar la supresión de los datos facilitados a
redes sociales u otros servicios de la sociedad de la información por el propio
menor o por terceros durante su minoría de edad.
La Ley refuerza, como propuso la Agencia, las obligaciones del sistema
educativo para garantizar la formación del alumnado en el uso seguro y
adecuado de Internet, incluyéndola de forma específica en los currículum
académicos y exigiendo que el profesorado reciba una formación adecuada en esta
materia. A tal efecto, el Gobierno deberá remitir en el plazo de un año desde la
entrada en vigor de la Ley un proyecto de ley dirigido específicamente a
garantizar estos derechos y las administraciones educativas tendrán el mismo
plazo para la inclusión de dicha formación en los currículum.
El texto regula, asimismo, el derecho al olvido en redes sociales y
servicios de la sociedad de la información equivalentes. Se exceptúa la
supresión cuando los datos hubieran sido facilitados por terceros en el
ejercicio de actividades personales o domésticas.
Por otra parte, la Agencia ha propuesto que se recogieran en la Ley los sistemas
de denuncias internas anónimas, a través de los cuales puede ponerse en
conocimiento de una entidad privada la comisión de actos o conductas que
pudieran resultar contrarios a la normativa. Estos sistemas son imprescindibles
para que las personas jurídicas puedan acreditar la diligencia necesaria para
quedar exentas de responsabilidad penal. De este modo, la Ley dota a las
empresas de un mecanismo que les permite conciliar su propio derecho con el
derecho a la protección de datos de las personas.
Además, la Ley actualiza las garantías del derecho a la intimidad frente al uso
de dispositivos de video vigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de
trabajo. Asimismo, refuerza las garantías del derecho a la intimidad en relación
con el uso de dispositivos digitales puestos a disposición de los empleados,
complementando la regulación del derecho a la intimidad ante la utilización de
sistemas de geolocalización en el ámbito laboral, de los que deberán ser
informados.
Otra novedad es la referida a la regulación de los sistemas de información
crediticia (los conocidos como ficheros de morosos), que reducen de 6 a 5
años el periodo máximo de inclusión de las deudas y en los que se exige una
cuantía mínima de 50 euros para la incorporación de las deudas a dichos
sistemas. Con la anterior Ley, no existía una cantidad mínima.
Por último, se modifica la Ley de competencia desleal, regulando como
prácticas agresivas las que tratan de suplantar la identidad de la Agencia o sus
funciones y las relacionadas con el asesoramiento conocido como ‘adaptación a
coste cero’ a fin de limitar asesoramientos de ínfima calidad a las empresas.